Condiciones de uso.
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Normas de obligado cumplimiento
- Está absolutamente prohibido el uso del huerto como residencia, sea o no permanente.
- El uso de los huertos será exclusivamente el cultivo agrícola de hortalizas, flores, la producción de plantas ornamentales y forestales no estan permitidas, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad, incluidos la venta de productos, el almacenaje de cualquier tipo o la instalación o construcción de cualquier obra de fábrica.
- Por supuesto, no se permiten cultivos prohibidos, ni realizar actividades molestas, nocivas o insalubres.
¿Qué puedo plantar en mi huerto?
Recuerda que tú eres el responsable de tu cultivo. El éxito de una buena cosecha depende, en gran parte, del cuidado y la vigilancia del huerto. En tu parcela tu eres el que decide que hortalizas quieres cultivar. Dependiendo de la estación será más adecuando uno que otro.
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¿El tiempo mínimo a permanecer son 6 meses?
Exacto, el alquiler de la parcela para el huerto se hace siempre en períodos semestrales y empezará a contar en el momento de realizar la reserva.
¿Puedo renovar transcurridos los 6 meses?
Por supuesto que puedes renovar, aunque haya lista de espera tu tendrás siempre prioridad si decides quedarte.
¿Debo dedicarle mucho tiempo a mi huerto?
La tarea que te tomará más tiempo es sin duda la de preparación del terreno para sembrar. Una vez tengas la parcela ya cultivada deberías dedicar a tu huerto un par de horas a la semana como mínimo para regar, quitar las malas hierbas y recoger tu producción.
¿Qué debo hacer para reservar mi parcela?
¿Ya tienes ganas de empezar? ... Ponte en contacto con nosotros para informarte de la disponibilidad actual así como los trámites para reservar tu parcela.